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Desafuero de Alito Moreno: Comisión Jurisdiccional sesiona mañana y definirá fecha para reiniciar el proceso; hay 90 días de plazo máximo


Diputado Hugo Eric Flores Cervantes, presidente de la Comisión Jurisdiccional, en declaraciones a medios en el Palacio Legislativo de San Lázaro
Diputado Hugo Eric Flores Cervantes, presidente de la Comisión Jurisdiccional, en declaraciones a medios en el Palacio Legislativo de San Lázaro

Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, 21 de abril de 2026 — El diputado Hugo Eric Flores Cervantes, presidente de la Comisión Jurisdiccional de la Cámara de Diputados, informó este martes que será después de la próxima sesión de dicha instancia —prevista para mañana, miércoles 22 de abril— cuando se defina una fecha definitiva para reiniciar el desahogo de la solicitud de declaración de procedencia en contra del exdirigente del PRI, Alejandro Moreno Cárdenas, conocido políticamente como Alito Moreno.


El legislador subrayó que, de prosperar el proceso, se garantizarán plenamente los derechos de audiencia del involucrado, conforme a lo establecido en la ley.


Sesión mañana, fecha definitiva después

En declaraciones a representantes de medios de comunicación en el Palacio Legislativo de San Lázaro, Flores Cervantes precisó que los trabajos al interior de la Comisión continúan y que la comunicación con la Fiscalía del Estado de Campeche —autoridad que interpuso la solicitud— permanece activa y fluida.


"El día de mañana tenemos sesión de la Comisión Jurisdiccional y seguramente después de la sesión estaremos ya dando una fecha definitiva para poder iniciar, reiniciar. Los trabajos se siguen haciendo y la comunicación con las autoridades que interpusieron la solicitud del estado de Campeche sigue fluida", señaló el diputado.

Todo depende de la Sección Instructora

El presidente de la Comisión Jurisdiccional explicó que el desarrollo del proceso dependerá en gran medida de lo que determine la Sección Instructora, particularmente en lo referente a la eventual comparecencia de Alejandro Moreno ante dicha instancia.

"Todo depende de qué determine la Sección Instructora. Evidentemente, si el procedimiento inicia, desde luego se le tiene que otorgar derecho de audiencia a la persona a la que le fue solicitado retirar el fuero", indicó Flores Cervantes.

El legislador morenista subrayó que cada integrante de la Sección Instructora debe definir su posición de manera individual.


En ese sentido, aclaró que, en lo personal, ya cuenta con su propia postura frente al caso, aunque recordó que el proceso no se trata de una simple aprobación o rechazo de los elementos técnicos de las solicitudes, sino del análisis riguroso del cumplimiento de los requisitos legales.

"Es un tema de que se cumplan o no los requisitos. Nosotros estamos en espera de la determinación de cada uno de los miembros de la sección, yo ya tengo la mía, la que me corresponde en lo personal, y a partir de ahí estaremos nosotros decidiendo y, como todo el mundo sabe, es un voto colegiado", explicó.

Sin plazos fatales en la etapa inicial, pero 90 días máximo si hay procedencia

En cuanto a los tiempos del procedimiento, Flores Cervantes aclaró que en la etapa inicial no existen plazos fatales, lo que otorga a la Sección Instructora margen para definir su posición con la debida deliberación.

"Nunca en nuestros procedimientos hay plazos fatales. Una vez que inicia el procedimiento, ahí sí ya hay plazos perfectamente terminados en la ley", precisó.

El diputado detalló que, en caso de que se dé procedencia a la solicitud, el plazo máximo para la resolución del proceso no puede exceder los 90 días naturales, aunque el tiempo efectivo dependerá del ritmo con el que se vayan desahogando las distintas etapas.

"Todo va dependiendo de cómo se vaya desahogando, pero sí hay un límite que no puede pasar", afirmó.

Comunicación activa con las autoridades de Campeche

Flores Cervantes también confirmó que la Sección Instructora ha recibido información adicional por parte de las autoridades campechanas, y que la comunicación entre ambas instancias continúa a través del secretario técnico de la Sección.

"Sí se han recibido información adicional y la comunicación con las autoridades sigue, por parte del secretario técnico de la Sección", comentó el legislador.

¿Qué es la declaración de procedencia?

La declaración de procedencia, coloquialmente conocida como desafuero, es el procedimiento constitucional mediante el cual la Cámara de Diputados puede retirar la inmunidad procesal —o fuero— a un legislador o servidor público de alto rango, para que este pueda ser procesado penalmente por la autoridad competente.


En el caso de Alejandro Moreno Cárdenas, la solicitud fue presentada por la Fiscalía General del Estado de Campeche, entidad que el exgobernador encabezó entre 2015 y 2021, antes de asumir la presidencia nacional del Partido Revolucionario Institucional (PRI), cargo del que fue removido en 2024.


La sesión de la Comisión Jurisdiccional programada para este miércoles 22 de abril marcará el siguiente capítulo de un proceso que mantiene en vilo al sistema político mexicano.

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